Fórmula utilizada
Se divide la retribución bruta anual computable entre la jornada anual de trabajo efectivo. El valor obtenido se multiplica por el factor de pago o descanso y por las horas realizadas. La composición salarial exacta de la hora ordinaria puede depender del convenio y de la jurisprudencia aplicable.
Ejemplo completo
Con 28.000 € brutos computables, 1.760 horas anuales, 10 horas extra y un factor de 1,25, la hora ordinaria vale 15,91 €. Cada hora extraordinaria se valora en 19,89 € y el total estimado es 198,86 € brutos. Si se compensa con el mismo factor, equivaldría a 12,5 horas de descanso.
Pago o descanso
El artículo 35 del Estatuto permite que convenio o contrato elijan entre abono y descanso. El pago no puede ser inferior al valor de la hora ordinaria. En ausencia de pacto se entienden compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.
Límite de 80 horas y excepciones
El máximo general es 80 al año, reducido proporcionalmente si el contrato dura menos. No computan las horas compensadas con descanso dentro del plazo legal. Las necesarias para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes tienen un tratamiento específico.
Qué no incluye la estimación
No calcula cotizaciones, retenciones, recargos concretos, horas complementarias, trabajo nocturno o festivo ni reglas sectoriales. Tampoco decide qué conceptos salariales integran la hora ordinaria. Conserva registro horario, cuadrantes, convenio y nóminas.
Fuente oficial
Artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores en el BOE.
Contenido revisado el 9 de agosto de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto debe pagarse una hora extra?
La cuantía se fija por convenio colectivo o contrato, pero no puede ser inferior al valor de la hora ordinaria. La herramienta impide aplicar un factor inferior a uno.
¿Pueden compensarse con descanso?
Sí. El convenio o contrato puede establecer pago o descanso. Si no hay pacto, el criterio general del artículo 35 es compensarlas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.
¿Hay un máximo anual?
El límite general es 80 horas al año. No computan a estos efectos las compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes ni las realizadas para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios y urgentes.
¿Una persona a tiempo parcial puede hacer horas extra?
Como regla general no, salvo las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Deben distinguirse de las horas complementarias.